Se aprobó el nuevo delito por mayoría de votos por el Congreso Local (68 a 6) para proteger a mujeres trans de crímenes de odio.

El Congreso Local del Estado de México aprobó tipificar el transfeminicidio, pudiendo ser sancionado con hasta 93.3 años de prisión.


La iniciativa se logró aprobar en el Pleno, pese al voto en contra del PAN, reformando el Artículo 281 Bis del Código Penal del Estado, para establecer que comete el delito de transfeminicidio quien, por razones de identidad o expresión de género, privé de la vida a una mujer trans, o a una persona cuya identidad se identifique como mujer, siendo un contexto de discriminación, imponiéndole una pena de 40 a 70 años de prisión y de 700 a 5 mil días multa.


Sin embargo, se precisa que la pena se agravará hasta un tercio cuando la víctima sea menor de edad, así como cuando el individuo activo sea servidor Público y haya cometido esta conducta valiéndose de esta condición, con lo que llegaría a una pena de 93.3 años de prisión y hasta una multa de más de 6 mil 600 días de multa.


Tras la aprobación, personas trans y colectivos salieron al exterior del Congreso Local a celebrar por sancionar los crímenes de odio en la entidad.

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